SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO

Conoce como postular al «SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO», Requisitos, Otorgamiento, Fechas de Pago y Apelaciones.

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¿Qué es el SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO?

El Subsidio para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado, es una ayuda económica para los trabajadores dependientes con jornada ordinaria (es decir, mayor a 30 horas), el subsidio permite aumentar los ingresos de los trabajadores de manera que se pueda garantizar un sueldo líquido de $379.793 pesos. (Ver: «Servicios de contabilidad para PYME»)

Requisitos para acceder al SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO:

– Debes ser un trabajador dependiente.
– Tu contrato debe estar suscrito al Código del Trabajo.
– Tu sueldo bruto debe ser menor a $497.272 pesos.
– Tu contrato debe tener una jornada ordinaria, es decir, superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
– Tu calificación socioeconómica debe estar dentro del tramo del 90% de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH).

Fechas de pago del SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO:

  • Junio: 29-06-2023
  • Julio: 28-07-2023
  • Agosto: 30-08-2023
  • Septiembre: 28-09-2023
  • Octubre: 26-10-2023
  • Noviembre: 29-11-2023
  • Diciembre: 28-12-2023

AVISO IMPORTANTE:

Si postulas dentro de este mes y calificas para obtener el subsidio, recibirás el primer pago en los 5 últimos días hábiles del mes siguiente.

(*) La verificación de tus requisitos para acceder al subsidio y el cálculo de este, se realizará con base en la información del tercer mes previo al mes en que se concede y se paga este. Es decir, si postulas en junio y cumples con los requisitos, te pagarán en julio con base en tu información de abril.

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO:

Sobre requisitos para acceder al SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO:

¿Cuáles son los requisitos para acceder al SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO?

Para poder optar al subsidio, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser trabajador dependiente.
  • Tener un contrato acogido al Código del Trabajo.
  • Tener un sueldo bruto mensual menor a $497.272.
  • Tener una jornada ordinaria superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
  • Pertenecer a un hogar del 90% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares (RSH).

¿Qué es una jornada ordinaria de trabajo?

Es la que establece el Código del Trabajo para todos los trabajadores, salvo algunas excepciones. Ésta tiene una duración máxima de 45 horas semanales, que no podrán distribuirse en más de 6 días ni en menos de 5, y en ningún caso podrá exceder las 10 horas diarias.

¿Cómo sé cuál es mi calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares?

Puedes consultar tu tramo del Registro Social de Hogares en la plataforma del Registro Social de Hogares o ingresando a Red de Protección Social. También puedes consultar al Call Center del Ministerio de Desarrollo Social y Familia llamando al 800 104 777 opción 2.

¿Cómo sé Postula al SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO?

La postulación puede ser realizada por el empleador/a (con clave tributaria) o por el trabajador/a (con Clave Única) en la página web https://www.ingresominimo.cl/

Si usted ya cuenta con postulación a este beneficio antes del mes de mayo de 2022, sus datos serán utilizados para el cálculo del beneficio mensualmente.

Si desea actualizar algún dato de su postulación, puede ingresar una nueva solicitud. Para el cálculo del beneficio se considerará la última información registrada por el empleador/a o trabajador/a, dando prioridad a los datos ingresados por el trabajador/a

¿Cómo sé realizá la verificación de mis requisitos?

La verificación de tus requisitos se realizará utilizando la información contenida en bases administrativas del Estado, más la información que declares en tu formulario de postulación, la que será contrastada con las bases administrativas disponibles.

¿Con base en qué período se verifican mis requisitos y se calcula el SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO que recibiré este mes?

La verificación de tus requisitos para acceder al subsidio y el cálculo de este, se realizará en base a la información del tercer mes previo al mes en que se te concede y se paga este.

Es decir, si postulas en junio y cumples con los requisitos, te pagarán en julio en base a tu información de abril.

¿Necesito mi Clave Única para ingresar a la página?

Necesitarás tu ClaveÚnica solo para revisar el estado de tu postulación.

¿Dónde puedo obtener mi Clave Única? / ¿Qué hago si olvidé mi Clave Única?

Si nunca has solicitado tu ClaveÚnica, debes dirigirte presencialmente a una oficina del Registro civil o ChileAtiende donde se te entregará un código de activación.

Posteriormente, debes ingresar a https://claveunica.gob.cl/, y hacer click en “Activar Claveúnica”, completar el formulario, e ingresar el código de activación que te dieron en la sucursal.

Si olvidaste tu ClaveÚnica debes ingresar a https://claveunica.gob.cl/ y hacer click en “Recuperar tu ClaveÚnica”.

¿Qué es el digito verificador?

El dígito verificador, es el número o letra k que va después del guión en tu RUN. Para postular debes escribir tu RUN sin digito verificador en la primera casilla y en la casilla siguiente escribir el dígito verificador.

Si vas a solicitar el pago del subsidio a tu CuentaRut, considera que el número de cuenta es tu RUN sin dígito verificador

Sobre otorgamiento del SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO y forma de cálculo:

¿Cómo se realiza el calculo del SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO?

El cálculo del subsidio se realiza en base a la remuneración bruta mensual, percibida durante el tercer mes anterior al pago del beneficio. Este monto y la información de cumplimiento de la jornada ordinaria debe estar incluida dentro de tu contrato y liquidación de sueldo.

La remuneración bruta mensual es obtenida y verificada a través de bases administrativas del Estado y contrastado con la información entregada en tu formulario de postulación.

Remuneración Bruta ImponibleMonto SubsidioIngreso Bruto con SubsidioIngreso Líquido con Subsidio
$410.000$51.793$461.793$379.793
$425.000$42.891$467.891$382.891
$450.000$28.053$478.053$388.053
$475.000$13.216$488.216$393.216
$497.272$5.902$503.174$406.720

¿Con base en qué período se verifican mis requisitos y se calcula el SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO que recibiré este mes?

La verificación de tus requisitos para acceder al subsidio y el cálculo de este, se realizará en base a la información del tercer mes previo al mes en que se te concede y se paga este.

Es decir, si postulas en junio y cumples con los requisitos, te pagarán en julio en base a tu información de abril.

¿Por qué el mes pasado obtuve el SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO y este mes no? / ¿Por qué varió el monto de mi pago de un mes a otro?

El cálculo del subsidio que se te otorga se realiza todos los meses, por tanto, puede variar si es que, por ejemplo, cambió tu remuneración, si cambiaste a un empleador fiscal, o bien si tu jornada laboral, ya no es ordinaria.

¿Qué pasa si recibo el Bono al Trabajo de la Mujer o el Subsidio al Empleo Joven?

Si además de ser beneficiario de este subsidio Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), postulaste y calificaste para el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) o Subsidio al Empleo Joven (SEJ), recibirás mensualmente el subsidio al Ingreso Mínimo Garantizado durante este año.

Sin embargo, si luego de un año hubieses recibido un monto mayor por Bono al Trabajo de la Mujer o al Subsidio al Empleo Joven, se te pagará la diferencia en el proceso de liquidación que realiza SENCE del Bono al Trabajo de la Mujer o al Subsidio al Empleo Joven al año siguiente.

Si tengo dos contratos, uno por jornada ordinaria y otro (s) por jornada parcial: ¿Ambos empleadores deben postularme?

Para efectos de este beneficio, solo debe informar su contrato suscrito a código del trabajo y que cumpla con jornada ordinaria (Más de 30 hrs con un tope de 45 hrs a la semana).

¿Cuál es la vigencia o duración del SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO?

La vigencia del Subsidio Ingreso Mínimo Garantizado es mensual, es decir, todos los meses se vuelve a realizar el cálculo del monto a subsidiar, toda vez que los trabajadores con postulación ingresada en plataforma continúen cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Debes ser un trabajador dependiente.
  • Tu contrato debe estar suscrito al Código del Trabajo.
  • Tu sueldo bruto debe ser menor a $497.272 pesos
  • Tu contrato debe tener una jornada ordinaria, es decir superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
  • Tu calificación socioeconómica debe estar dentro del tramo del 90% de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH).

¿Cómo se calcula el SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO si tuve periodos con licencia médica, feriado anual, etc?

Durante el feriado anual, licencia médica, permiso pre o post natal el cálculo del subsidio se realiza en base a la remuneración bruta mensual del mes anterior de aquellos periodos señalados.

Actualización de datos y estado del SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO:

¿Cómo y cuándo se notificará que se me otorgó el SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO?

Se te notificará el otorgamiento del subsidio por correo electrónico en los últimos 5 días del mes siguiente al mes en que postulaste. También desde esa misma fecha podrás revisar el resultado de tu postulación en línea en la pestaña “Consulta el estado de tu postulación o actualiza tus datos”, accediendo con tu ClaveÚnica.

¿Qué hago si deseo cambiar mis datos de cuenta bancaria e información de contacto?

Si desea actualizar algún dato de su postulación, puede ingresar una nueva solicitud en la página web https://www.ingresominimo.cl/.

Para el cálculo del beneficio se considerará la última información registrada por el empleador/a o trabajador/a, dando prioridad a los datos ingresados por el trabajador/a.

Sobre el pago del SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO:

¿Dónde se paga el SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO?

El subsidio se paga en la cuenta bancaria que indiques o de forma presencial en las sucursales del BancoEstado y ServiEstado (No incluye las Cajas Vecinas).

Si no tienes una cuenta bancaria, por ejemplo, una CuentaRut o una cuenta vista u corriente, puedes solicitar la creación de una CuentaRut del BancoEstado en el mismo formulario de postulación, para que te podamos depositar el beneficio.

IMPORTANTE: En el caso de que la transferencia del subsidio a tu cuenta sea rechazada o el número de la cuenta sea erróneo, por ejemplo, el nombre del titular. El beneficio se pagará en forma presencial en las sucursales del BancoEstado o ServiEstado (No incluye las Cajas Vecinas).

¿Cuándo recibiré el pago del SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO?

Si postulas dentro de este mes y calificas para obtener el subsidio, recibirás el primer pago dentro de los 5 últimos días hábiles del mes siguiente.

¿Cuál es el plazo para cobrar el SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO?

El plazo para cobrar este subsidio de forma presencial es de 12 meses después de otorgado. En caso de no ser cobrado durante ese período, se entenderá que el beneficiario renuncia al subsidio. En el caso de que hayas elegido pago del subsidio por transferencia electrónica, el subsidio se paga de forma automática a la cuenta bancaria señalada.

¿Puedo cobrar el Subsidio en Cajas Vecinas del BancoEstado?

No se puede retirar el subsidio en las Cajas Vecinas del BancoEstado. Solo puedes hacerlo en las sucursales del BancoEstado o ServiEstado.

¿Qué costos tiene asociados la apertura de una CuentaRut?

Si decides abrir una CuentaRUT para poder recibir el subsidio, al ser gestionada por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, no tendrá costos de emisión por obtenerla.

¿Cómo y cuándo me darán aviso de la apertura de mi CuentaRut?

Si decidiste abrir una CuentaRUT para recibir el subsidio, se procederá a crear la cuenta bancaria, y al ir a cobrar tu primer monto del subsidio deberás activarla en cualquier sucursal de BancoEstado o ServiEstado, donde te entregaran la tarjeta y podrás generar tu clave para el uso de cajeros automáticos.

Apelaciones para el SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO:

¿Dónde puedo ingresar una apelación?

Si tienes alguna apelación, puedes hacerla en línea en la pestaña ¿Tienes un problema? que está en el menú de la parte superior de esta página.

¿Quién podría solicitar documentos adicionales a tu postulación?

Solo el Ministerio de Desarrollo Social y Familia podrá ser quien se contacte contigo y nunca te enviará un correo con un link o solicitará que ingreses alguna clave.

En caso de que se me solicite el contrato de trabajo u otros documentos, ¿Qué debo hacer?

En el caso que te solicitemos documentación, te contactaremos y te informaremos cuáles son los pasos a seguir.

Recuerda que nunca te enviaremos un correo electrónico solicitando tus claves ni tu cuenta bancaria.

¿Qué documentos debo adjuntar si quiero presentar una apelación por no haber obtenido el SUBSIDIO DEL INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO o si no estoy conforme con el monto recibido?

La documentación que adjuntes deberá estar relacionada con el motivo por el cual te encuentras generando la apelación.

  • Si tu subsidio fue rechazado porque tu remuneración bruta excede el tope máximo ($497.272) o por no presentar información de renta declarada por el empleador para el pago de cotizaciones, debes adjuntar tu contrato de trabajo y la liquidación de sueldo del mes de cálculo. Lo anterior también aplica cuando el monto recibido es menor a lo esperado y si no te fue condedido el subsidio por no tener jornada ordinaria (mayor a 30 y hasta 45 horas semanales de trabajo)
  • En caso de ser rechazado por no estar en el Registro Social de Hogares o no pertenecer a un tramo inferior o igual a 90%, no debes adjuntar documentos.

¿Cuál es el plazo que tengo para presentar una apelación si no estoy conforme con el resultado de mi postulación?

El plazo es de 5 (cinco) días hábiles, contados desde la notificación del resultado de tu postulación.

¿Qué ocurre si mi empleador me postula y yo también ingreso una postulación?

En caso de que se presenten dos postulaciones para un mismo trabajador, de acuerdo con lo establecido en la ley y sus recientes modificaciones, para el cálculo del beneficio se considerará la última información registrada por el empleador/a o trabajador/a, dando prioridad a los datos ingresados por el trabajador/a.

¿Cómo se puede renunciar al Ingreso Mínimo Garantizado?

La solicitud de renuncia puede ser realizada por el trabajador/a (con Clave Única) en la página web https://www.ingresominimo.cl/, en el botón “Renuncia Voluntaria Subsidio Ingreso Mínimo Garantizado”. Esta solicitud se encontrará vigente en el proceso de cálculo del mes siguiente del beneficio.

Cabe señalar que la renuncia a este beneficio no implica la restitución de otros beneficios sociales del Estado recibidos con anterioridad, como los subsidios al empleo establecidos por el Artículo 21 de la Ley N°20.595 (Bono al Trabajo de la Mujer) o por la Ley N°20.338 (Subsidio al Empleo Joven).

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