SUBSIDIO PARA PYMES ANTE CATÁSTROFES

SUBSIDIO PARA PYMES ANTE CATÁSTROFES – Conoce la plataforma para postular al Subsidio de Retención Laboral por efectos del sistema frontal.

SUBSIDIO PARA PYMES ANTE CATÁSTROFES

Subsidio de Retención Laboral por efectos del sistema frontal

SUBSIDIO PARA PYMES ANTE CATÁSTROFES

El beneficio laboral considera un aporte económico por hasta seis meses para empresas afectadas por las lluvias en las regiones de Valparaíso, O’Higgins, Maule, Ñuble, Biobío y Metropolitana.

El Subsidio de Retención Laboral es un aporte mensual para empresas que tiene como objetivo ofrecer una solución de continuidad laboral a las personas que tienen en riesgo su fuente de trabajo producto de la catástrofe por el intenso sistema frontal ocurrido en junio. (Ver: «Servicios de contabilidad para PYME»)

El nuevo Subsidio de Emergencia Laboral

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El nuevo Subsidio de Emergencia Laboral por catástrofe se entregará a empresas afectadas por las lluvias de junio en las regiones de Valparaíso, O’Higgins, Maule, Ñuble, Biobío y Metropolitana y es parte del Plan de Recuperación del Gobierno.

La condición de afectación de la empresa será establecida por la Secretaría Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social de la región afectada a través de un informe fundado. La evaluación de la postulación solo podrá ser realizada una vez emitido dicho informe.

SUBSIDIO PARA PYMES ANTE CATÁSTROFES

El Gobierno lanzó una plataforma web

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Para postular al Subsidio a la Retención Laboral, el Gobierno lanzó una plataforma web donde las empresas postulantes deberán ingresar con su RUT y clave tributaria para llevar a cabo el trámite.

Sigue leyendo para conocer más sobre el paso a paso, sobre cómo postular al subsidio y más detalles del beneficio anunciado por el Ejecutivo.

¿Cómo postular al Subsidio a la Retención Laboral por las lluvias?

SUBSIDIO PARA PYMES ANTE CATÁSTROFES

Las empresas postulantes deberán ingresar con su RUT y clave tributaria al sistema habilitado en el sitio del subsidio al empleo y completar la siguiente documentación:

  • Aceptar las condiciones del subsidio a través de una Declaración jurada simple, provisto por la plataforma antes indicada.
  • Registrar el listado de personas trabajadoras que mantenían una relación laboral vigente al momento del siniestro en el formulario online. 
  • Cargar los contratos de trabajo de las personas individualizadas que debe contener el establecimiento específico en el cual se desempeñan. Si no se dispone de esta información, será necesario firmar y cargar una declaración jurada por los contratos.
  • Cargar certificado de pago de cotizaciones previsionales de las personas individualizadas relativas al periodo de remuneraciones inmediatamente anterior al mes del siniestro.

En caso de estar en busca de trabajo

SUBSIDIO PARA PYMES ANTE CATÁSTROFES

En caso de estar en busca de trabajo, revisa la guía para hacer un currículum vitae.

En caso de que la empresa cumpla con los requisitos, se podrá continuar con la postulación.

Basta con postular una vez al beneficio. Mes a mes, el Sence verificará el cumplimiento de requisitos para realizar el pago.

Calendario de postulación

El calendario de postulación del subsidio de retención laboral es el siguiente:

  • Postulaciones hechas en julio serán pagadas el 15 de agosto (máximo de cuotas a recibir: 5)
  • Postulaciones hechas en agosto serán pagadas el 15 de septiembre (máximo de cuotas a recibir: 4)
  • Postulaciones hechas en septiembre serán pagadas el 15 de octubre (máximo de cuotas a recibir: 3)

Las asignaciones se realizarán siempre que la empresa cumpla con los requisitos.

Requisitos para recibir el subsidio al empleo por el sistema frontal

Los requisitos para recibir el subsidio al empleo por catástrofe producida debido al intenso sistema frontal de junio son los siguientes:

  • Ser una empresa que tribute en primera categoría (incluidas todas las empresas del régimen Pyme, las empresas en renta presunta, las empresas individuales, etc.) o bien pertenecer a pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos, suplementeros, entre otros).
  • Haber sido afectadas por los temporales en las localidades afectadas y cuya condición de afectación, se encuentre ratificada por la Seremi del Trabajo y Previsión Social.
  • Mantener una relación laboral al mes anterior del siniestro. Una vez concedido el beneficio se debe mantener continuidad laboral de dicha relación mientras dure el subsidio. Es decir, si no se mantuviera la relación laboral, verificada por SENCE a través de la existencia de cotizaciones previsionales, se suspenderá el beneficio por la persona trabajadora individualizada.

La empresa debe mantener la relación laboral que dio origen al pago, situación que será verificada mes a mes por el SENCE, mediante consulta a las instituciones que acrediten la declaración y pago de cotizaciones previsionales de salud y pensión.

¿Se puede perder el subsidio al empleo por catástrofe?

El subsidio finalizará respecto de una persona trabajadora por:

  • Fallecimiento de la persona trabajadora causante del subsidio.
  • Despido o renuncia de la persona trabajadora.
  • Dos meses consecutivos sin declaración o pago de cotizaciones.
  • Alcanzar máximo de pagos que contempla el subsidio (hasta diciembre de 2023).

Monto del Subsidio a la Retención Laboral y duración del beneficio

Los montos del Subsidio a la Retención Laboral corresponden a una bonificación mensual del 80% de un Ingreso Mínimo Mensual (IMM), por cada persona trabajadora postulada y concedida. 

La duración de este subsidio será de tres meses, los que podrán ser prorrogados por otros tres meses adicionales con una bonificación por persona trabajadora postulada y aceptada correspondiente a 60% del IMM. 

Este dinero se entregará directamente a las empresas siniestradas, por todas las personas trabajadoras postuladas y aceptadas del establecimiento o sucursal, sin distinción de renta.

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